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Elecciones 2023, CABA y Nacionales

·1045 words·5 mins·
democracia argentina
Víctor (Bit-Man) Rodríguez
Author
Víctor (Bit-Man) Rodríguez
Algorithm Junkie, Data Structures lover, Open Source enthusiast

Cargos a alegir #

El Domingo 22 de Octubre de 2023 se celebran en todo el teritorio de Argentina las elecciones nacionales y de representantes en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires (CABA). Los cargos a elegir son :

CABA :

  • Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno.
  • 30 Legisladores/as.
  • 7 Miembros por Junta Comunal (en cada una de las 15 Comunas)

Nacionales :

  • Presidente/a y Vicepresidente/a.
  • 12 Diputados/as.
  • 19 Parlamentarios/as del Mercosur por distrito nacional.
  • 1 Parlamentario/a del Mercosur por distrito regional, correspondiente a CABA.

Forma de elección #

La forma en que se eligen es a través del voto universal, secreto y obligatorio de cada uno de sus habitantes

Para los jefes de gobierno de CABA la forma de determinar el ganador es en forma directa y conjunta, por fórmula completa y mayoría absoluta ( Cód. Electoral CABA, Art. 43) siendo la forma directa aquella en la que los representados eligen directamente entre candidatos a un cargo público, sin ninguna intermediación por parte de otra persona u órgano y la mayoría absoluta es la circunstancia que se da en una votación cuando un candidato o proposición obtiene más de la mitad de los votos, es decir, cuando obtiene el voto favorable de la mayoría de los miembros

En el caso de los jefes de gobierno Nacionales ocurre algo similar pero la mayoría no es absoluta sino cuando la fórmula que resultare más votada en la primera vuelta, hubiere obtenido más del cuarenta y cinco por ciento de los votos afirmativos válidamente emitidos, sus integrantes serán proclamados como Presidente y vicepresidente de la Nación ( Constitución de la Nación Argentina, Sección Segunda, Cap. Segundo, Art 97)

A su vez en el caso tanto de los legisladores de CABA ( Cód. Electoral CABA, Anexo I, Art. 48), los miembros de la Junta Comunal ( Cód. Electoral CABA, Anexo I, Art. 53), los diputados Nacionales ( Código Electoral Nacional, Art. 161) y miembros del Parlasur ( Elección de parlamentarios del Mercosur, Ley 27.120, Cap IV) hay un sistema mixto en el que se elije un un parlamentario por cada una de las 23 provincias y un parlamentario por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y parlamentarios a nivel nacional cuyos cargos son distribuidos por el sistema D’Hondt

Voto en blanco #

Tanto en el el caso Nacional como el de CABA en la elección del los jefes/as de gobierno los votos deben ser afirmativos y válidamente emitidos lo que muestra que tanto los votos blancos como los nulos no son tenidos en cuenta para la promulgación de la dupla vencedora, por lo tanto si no te gusta ningún candidato y no querés votar en blanco tenés la opción de votar a alguno que ya sepas no va a ser elegido. Podés obtener información de las encuestas o bien del resultado de las PASO (Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) celebradas el 13 de Agosto de 2023

Para los representantes a cargos Parlamentarios vimos que todos usan el sistema D’Hont que consiste en :

  1. El total de votos obtenidos por cada lista será dividido por uno (1), por dos (2), por tres (3) y así sucesivamente hasta llegar al número igual al de los cargos a cubrir
  2. Los cocientes resultantes, con independencia de la lista de que provengan, serán ordenados de mayor a menor en un número igual al de los cargos a cubrir
  3. Si hubiera dos o más cocientes iguales se los ordenará en relación directa con el total de los votos obtenidos por las respectivas listas
  4. A cada lista le corresponderán tantos cargos como veces sus cocientes figuren en el ordenamiento indicado en el punto 2

En algunos reglamentos se hacen ciertas modificaciones, como que los que intervienen son las listas que obtuvieron el 3% de los votos, pero en general esta es la dinámica. Si realizamos las cuentas con casos hipotéticos ( dejo el ejercicio al lector) vamos a ver que no sólo este sistema no toma en cuenta los votos nulos ni los blancos sino que además tiene un cierto sesgo de favoritismo hacia los que poseen mayor cantidad de votos. En este caso si no querés votar en blanco, porque sentís que ninguno de los partidos/candidatos te va a representar entonces podés hacer una estrategia similar a la de la elección de jefes/as que es votar a los que sabés muy probablemente no obtengan ninguna banca y en definitiva no le das tu representación a nadie

Como venis observando en todos los casos vengo diciendo si no querés votar en blanco podés hacer tal o cual cosa. Por qué no querrías votar en blanco si es una opción? No es, acaso, una forma de mostrar disconformidad con nuestros gobernantes y darles a entender que no nos sentimos representados? Pues si, estás en lo correcto, pero hay un dato extra para este cierre. Ocurre que según datos de CABA el voto nulo y blanco estuvo casi siempre en los mismo niveles excepto en 2001 (muuy alto), 2003, 2005 y 2007 para Diputados/as Nacionales pero a mi humilde saber y entender no hubo cambios, al menos no para mejor, de nuestros gobernantes lo que me lleva a entender que han hecho oidos sordos aún cuando estos valores estaban entre 3 y 10 veces los valores normales

Porcentaje de votos en blanco y votos nulos para Diputados/as Nacionales, 1983-2021

Porcentaje de votos en blanco y votos nulos para Diputados/as Nacionales, 1983-2021.

Parlasur #

A mi pobre saber y entender, y con un poco de ayudita de Wikipedia, este es un organismo en el cual se hacen deliberaciones que abarcan a todos los estados miembros pero lo que resulta de estas son recomendaciones y por lo tanto son no vinculantes. Leyendo el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur en sus varias competencias siempre se enfatiza que se emiten declaraciones, recomendaciones e informes, o que los estudios y anteproyectos de normas nacionales, a los efectos de armonización, serán comunicados a los efectos de su eventual consideración

Que quede claro que es para la armonización de las legislaciones nacionales de los Estados Partes con lo cual no sería muy bien recibido un estudio de norma que tuviera una aplicación obligatoria y todo eso sin mencionar el principio de soberanía e igualdad de los estados como lo indica la Carta de las Naciones Unidas en su artículo 2.1

Nos leemos en el próximo post